hábeas corpus
Nombre masculino. Derecho del ciudadano detenido o preso a comparecer inmediata y públicamente ante un juez o tribunal para que, oyéndolo, resuelva si su arresto fue o no legal, y si debe alzarse o mantenerse; (término empleado en Derecho y recogido en la Constitución Española en su artículo 17.4).
Fuente: Real Academia Española (RAE)
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